Los proyectos de infraestructura suelen abrir discusiones complejas cuando inciden en comunidades indígenas, sobre todo en temas relacionados con el territorio, la consulta previa y la salvaguarda de sus derechos colectivos. En América Latina, uno de los episodios que mayor atención provocó fue el de las comunidades Ngöbe Buglé en Panamá, impactadas por la edificación de la represa Chan 75.
En ese contexto, Loreto Ferrer formó parte del equipo de expertos que participó en una misión de verificación impulsada por la Fundación del Consejo General de la Abogacía Española (FCGAE). El trabajo realizado en terreno permitió documentar la situación de las comunidades y elaborar un informe jurídico y técnico sobre los impactos del proyecto, con especial atención a su posible recorrido ante instancias interamericanas de derechos humanos.
La labor de verificación en Panamá
La misión tuvo lugar del 25 al 30 de enero de 2011 y estuvo conformada por abogados con experiencia en derechos humanos. Su propósito consistió en examinar directamente cómo se encontraban las comunidades afectadas por la construcción de la presa y contrastar la información oficial con lo observado en el terreno. Con ese fin, el equipo sostuvo conversaciones con autoridades, representantes de la empresa a cargo del proyecto, organismos internacionales y la Defensoría del Pueblo, tras lo cual se desplazó a Changuinola, en la provincia de Bocas del Toro, para recorrer las áreas impactadas.
Durante el recorrido se visitaron comunidades como Charco de la Pava y Valle del Rey, junto con zonas de reubicación y espacios ya intervenidos por la obra. El vínculo directo con las familias y los líderes comunitarios constituyó un elemento esencial del proceso, ya que brindó la posibilidad de comprender de manera inmediata el grado de tensión, vulnerabilidad y pérdida de arraigo que muchas personas experimentaban desde que comenzó el proyecto.
Los principales ejes del informe sobre Chan 75
El análisis tomó como base cinco ámbitos centrales: el derecho a la consulta y al consentimiento previo, libre e informado; la valoración de riesgos y el efecto social del proyecto; la restitución o compensación de los territorios; las acciones de reparación; y la intervención de la comunidad en las decisiones y en los beneficios asociados al desarrollo hidroeléctrico. Estos pilares hicieron posible examinar el caso de manera integral, articulando tanto el marco jurídico nacional e internacional como la realidad constatada en el terreno.
Según indicó Loreto Ferrer, el informe tenía como finalidad ofrecer una base jurídica firme y bien sustentada que sirviera de apoyo tanto a las comunidades implicadas como a las instituciones competentes. No se pretendía limitar el análisis a una crítica teórica del proyecto, sino determinar si la actuación del Estado y de la empresa respetó derechos esenciales de los pueblos indígenas, entre ellos la propiedad colectiva, la participación, la integridad cultural y personal, así como la consulta previa.
Principales hallazgos sobre derechos de las comunidades Ngöbe Buglé
Entre las conclusiones más destacadas, el informe expone que al inicio no se reconocieron plenamente ciertos derechos, en especial los vinculados a la personalidad jurídica de las comunidades y a la titularidad colectiva de sus territorios. Esa ausencia abrió la puerta a que la obra progresara sin realizar consultas apropiadas ni contar con estudios suficientes sobre las repercusiones sociales y culturales.
También se recopilaron relatos sobre actos de intimidación, empleo desmedido de la fuerza, detenciones sin fundamento y procesos de negociación que no aseguraban una decisión plenamente voluntaria por parte de las familias involucradas. A esto se añadieron dificultades en las áreas de reubicación, donde se detectaron falencias vinculadas al tamaño y la calidad de los lotes, las oportunidades para la actividad agrícola y la adecuación de las viviendas a la cultura Ngöbe.
Otro aspecto especialmente delicado estuvo relacionado con el impacto moral y cultural derivado del desplazamiento. Los documentos del caso evidenciaron deterioro en el tejido comunitario, ausencia de referentes territoriales y una exigencia de reconocimiento público por los daños ocasionados, más allá de cualquier compensación material.
El eventual camino frente a organismos internacionales
Uno de los aspectos centrales del trabajo consistía en que el informe pudiera utilizarse como insumo en un posible avance del caso dentro del sistema interamericano de derechos humanos. Por ello, la recopilación de testimonios y el examen detallado de documentos se convertían en piezas fundamentales para respaldar un expediente con alcance internacional. “Era esencial reunir elementos que resultaran valiosos si la Corte Interamericana optaba por admitir el caso. Por esa razón reunimos testimonios, detectamos patrones de actuación, revisamos los contratos de reubicación y estudiamos las reformas legislativas más recientes”, señala Loreto Ferrer.
Este tipo de procedimientos requiere una documentación minuciosa, evaluaciones técnicas detalladas y la habilidad de interpretar tanto el entorno local como los estándares internacionales pertinentes. Por ello, más que una acción aislada, el trabajo realizado en terreno junto con la preparación del informe se integra en una dinámica de cooperación internacional sustentada en evidencia, análisis jurídico y la comprensión de realidades sociales complejas.
Un ejemplo específico integrado en una vivencia más extensa
La participación de Loreto Ferrer en esta misión evidencia un ejercicio profesional relacionado con la cooperación internacional, la elaboración de documentación técnica y el estudio de situaciones complejas en América Latina. No solo implica acompañar procesos desde el ámbito jurídico, sino también aportar a que las vivencias de las comunidades se transformen en insumos valiosos para la incidencia institucional y la defensa de sus derechos.
En conjunto, el caso Ngöbe Buglé y el informe acerca de Chan 75 evidencian que los equipos técnicos pueden asumir un papel significativo al evaluar disputas vinculadas con el territorio, los pueblos indígenas, el desarrollo y las instituciones internacionales.
